Requisitos para solicitar residencia por arraigo social

Para conseguir autorización de residencia por arraigo social el extranjero tiene que cumplir con tres principales requisitos:
1. Acreditar su estancia en España durante tres últimos años.
2. Tener contratos de trabajo con la duración mínima de un años
3. Tener vínculos familiares o contar con el certificado de inserción social emitido por los servicios sociales del Ayuntamiento.
Vamos a ver todos estos requisitos en la forma detallada
1. Acreditación de estancia en España durante tres años debe realizarse aportando las pruebas documentales emitidas por las Administraciones Publicas, es decir preferiblemente aportar los documentos como Certificados o Volantes de Empadronamiento, solicitud de numero de afiliación en la Seguridad Social, justificantes de asistencia sanitaria. Igualmente se aporta toda la documentación emitida pos las empresas privadas y de dominio público, como certificados de envió de dinero por las empresas especializadas (Western Unión, Money Gram), certificados de adquisición de Bono de Trasporte, las facturas de los médicos privados.
La Instancia en España debe ser demostrada en la forma continuada e inmediatamente anterior a presentación de la solicitud de residencia por arraigo.

2. El trabajador extranjero que solicita residencia por arraigo tiene que contar con un contrato de trabajo firmado, la duración del contrato debe ser al menos un año. Junto con el contrato de trabajo firmado por ambas partes se presenta la documentación que demuestra la capacidad legal del empleador y su solvencia económica. La documentación que se aporta es:
- Copia del DNI del empleador
-Copia de Escritura de Sociedad
-Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
- Copias de últimos modelos de liquidación de IVA, IRPF
-Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o Declaración de Impuesto de Sociedades.
-Certificados de NO tener deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
-Copias de Contratos Mercantiles que acreditan aumento del volumen del trabajo.

3. Para acreditar los vínculos familiares del primer grado (hijos, cónyuges, padres) el extranjero tiene que acreditar el parentesco con el Certificado de nacimiento o Certificado de Matrimonio actualizado. Los Certificados tienen estar debidamente legalizados y traducidos en su caso.

Aparte de la documentación arriba reseñada el extranjero que pretende solicitar autorización de residencia por arraigo social tiene que carecer de antecedentes penales en su país de origen y en España. Para acreditar la carencia de antecedentes penales en su país tiene que aporta el Certificado de Antecedentes penales legalizado.