En la trampa de la migración: Menores extranjeros no acompañados en Europa

Se podría pensar que en Europa Occidental, donde la mortalidad infantil es casi nula, la educación y la atención a la salud están garantizadas, y los servicios y las instituciones sociales están bien desarrollados, los derechos del niño serían uno de los temas menos controvertidos para los responsables de la formulación de políticas. Parece que no es así cuando se trata de los menores extranjeros no acompañados.

Con demasiada frecuencia, los miles de menores no acompañados que llegan a Europa sin sus padres o tutores se encuentran atrapados en su condición de migrantes, mientras los gobiernos europeos tienen poca consideración por sus vulnerabilidades y necesidades como menores. Muchos acaban sin recibir el trato humano que Europa afirma defender. En cambio, pueden sufrir detenciones prolongadas, intimidación y conducta policial abusiva, registro y tratamiento como adultos después de exámenes poco fiables para determinar su edad, obstáculos burocráticos para acceder a la educación, maltrato durante la detención o internamiento en instituciones y, con demasiada frecuencia, explotación.

Para colmo de males, muchos sufren la carencia predominante de defensa jurídica que les impide reclamar sus derechos. Es posible que no puedan pedir resarcimiento en caso de maltrato, recurrir su detención, presentar un recurso contra una decisión negativa a su petición de asilo o designar simplemente a un abogado para que defienda sus derechos.

Los menores extranjeros no acompañados representan una fracción minúscula de todos los migrantes que entran a Europa, y los gobiernos son incapaces de ofrecer datos fiables.[1] Sin embargo, los representantes de los gobiernos de todo el continente hablan de una “llegada masiva” o “avalancha” de niños. No es sorprendente que estos niños se hayan convertido en principal preocupación regional, entre otras razones porque se consideran una carga para los recursos.

Vacíos jurídicos intencionados

Dentro de cada país, las acciones en torno a los menores extranjeros no acompañados se basan habitualmente en dos conjuntos de leyes diferentes y, con frecuencia, contradictorias: la legislación sobre inmigración y la legislación sobre protección del menor. Con demasiada frecuencia, las autoridades recurren primero a las leyes de inmigración y después a las leyes de protección del menor, lo que tienen consecuencias directas y terribles para los niños.

Francia representa uno de los peores ejemplos de lo que ocurre cuando se trata sobre todo como migrantes irregulares a los menores extranjeros no acompañados. Mantiene zonas extraterritoriales, la más amplia es la del aeropuerto Roissy Charles de Gaulle cercano a París, donde se trata a los menores extranjeros no acompañados como si no hubieran entrado al país. Dentro de estas zonas, los niños están sometidos a un régimen jurídico diferente. En la práctica, la ficción legal de que no se encuentran en Francia conlleva a que tengan menos derechos.

Hasta un millar de menores extranjeros no acompañados acaban cada año en el limbo legal de la zona de tránsito del aeropuerto Roissy Charles de Gaulle, una zona que va mucho más allá del entorno inmediato del aeropuerto e incluye lugares que se encuentran hasta una distancia de 20 kilómetros, y que puede extenderse a discreción de las autoridades. El propósito de la zona de tránsito es simple: aislar a los menores migrantes de los derechos que tendrían si estuvieran en territorio francés, engrasando así los ejes legales para su rápida expulsión de Francia.

La expulsión acelerada conlleva enviar a estos niños a países por los que simplemente transitaron de camino a Francia. Por ejemplo, las autoridades francesas intentaron deportar a un niño chadiano a Egipto, un niño egipcio a Madagascar y, en 2008, consideraron la expulsión de un niño comorano de cinco años a Yemen. Algunos de estos niños se resistieron a la deportación, arriesgándose a ser detenidos por la policía y acusados como consecuencia. Los que fueron expulsados-alrededor del 30 por ciento de todos los niños que llegaron-casi siempre se fueron sin que se registrara lo que había pasado con ellos.[2]

Los sistemas que impiden a los menores extranjeros no acompañados disfrutar de sus derechos en Europa no son necesariamente el resultado de sofisticados regímenes jurídicos. Los vacíos jurídicos que afectan directamente a los menores extranjeros no acompañados-o los convierten en “víctimas colaterales”-pueden ser crudos y discriminatorios. Todos los gobiernos europeos han firmado la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), el principal tratado de las Naciones Unidas para la protección de los menores. Sin embargo, algunos han excluido a los menores migrantes de los derechos que corresponden normalmente a los niños mediante reservas y declaraciones sobre la CDN que dan prioridad a las leyes de inmigración. En otras palabras, se considera a los menores primero migrantes y después niños.

Se criticó durante años a Reino Unido por excluir a los niños migrantes del pleno disfrute de los derechos recogidos en la CDN debido a su condición de migrantes hasta que retiró sus reservas en 2008, una decisión que anunció días antes de la fecha prevista para que las Naciones Unidas examinara su respeto por los derechos del niño.[3]

Alemania mantiene una declaración similar, presentada por el Gobierno federal en 1990. Aunque ha afirmado que no tiene objeción en retirar la declaración, el Gobierno federal alega carecer de autoridad para hacerlo, a pesar de las peticiones explícitas del Parlamento, porque, según dice, varios de los 16 estados alemanes sí tienen objeciones. Independientemente de lo que diga, hay otros indicios de que el propio Gobierno tiene reticencias para acabar con la discriminación contra los niños migrantes: por ejemplo, afirma que retirar la reserva podría suponer un “efecto llamada” para la llegada de una gran cantidad de niños migrantes con un costo imprevisible.[4] Mientras tanto, la declaración sigue teniendo graves consecuencias para los menores no acompañados que solicitan asilo en Alemania. A partir de los 16 años, es posible que estos niños no cuenten con la asistencia de un tutor o abogado para superar el complejo proceso de asilo, y tengan que permanecer en centros de acogida junto con adultos.

Quizá el régimen jurídico más terrible para los menores considerados migrantes irregulares sea el de Grecia, uno de los principales puntos de entrada de migrantes a Europa. Los niños pasan meses en centros de detención-con frecuencia compartiendo celdas con adultos-en condiciones que el organismo de derechos humanos europeo consideró “inaceptables”.[5]  Una vez que salen en libertad, les entregan una orden para que salgan del país. Si no lo hacen, pueden encontrarse de nuevo recluidos, independientemente de su vulnerabilidad. Ni siquiera están a salvo fuera de los centros de detención. Grecia no dispone más que de 300 plazas en los centros de acogida, que están llenos, para el número estimado de un millar de niños que llegan todos los años. Al no contar con un sistema de protección social, ni siquiera para los niños víctimas de la trata de seres humanos o los que corren mayor riesgo, estos menores pueden acabar en una lucha diaria por la supervivencia o en un círculo vicioso de explotación.[6]

La coordinación gubernamental o cómo pasarse la pelota

El hecho de que se apliquen dos conjuntos de leyes a los menores extranjeros no acompañados implica que al menos dos organismos oficiales sean responsables de ellos. Uno querría pensar que esto pudiera conllevar el doble de asistencia y protección. Pero la realidad es que la atención a los niños se escurre a través de las grietas burocráticas. Los ministerios de asuntos sociales y los ministerios del interior o inmigración, los dos tipos de organismos que están normalmente encargados, tienen estrategias naturalmente diferentes.

Por ejemplo, los funcionarios de policía griegos señalaron a Human Rights Watch que no pueden poner en libertad a los menores migrantes detenidos porque no se dispone de otro alojamiento. Sin embargo, el Ministerio de Salud, responsable de ofrecer centros de atención para estos niños, afirma que no hacen falta más centros de acogida porque muchos niños se escapan poco después de ingresar en ellos, una circunstancia que debería ser preocupante por sí misma. Las acusaciones cruzadas entre los dos organismos y el hecho de que ninguno de ellos se haga responsable de los niños contribuyen a un estancamiento que prolonga la detención de los menores.

Aunque el número total de menores extranjeros no acompañados en un país pueda no ser tan significativo, su presencia puede acarrear una carga considerable para las regiones alrededor de puntos de entrada, como las Islas Canarias en España o el departamento de Seine-Saint-Denis en Francia, en cuyo territorio se encuentra el aeropuerto de Roissy Charles de Gaulle. Aunque, en virtud del derecho internacional,  el Gobierno central tiene la obligación de que todos los niños dentro de su territorio nacional puedan disfrutar de sus derechos, cuando se transfiere la principal responsabilidad dentro de un país a las regiones, las autoridades centrales pueden escurrir el bulto detrás de estos mecanismos institucionales.

Las Islas Canarias, que por circunstancias geográficas es el primer punto de desembarco de los migrantes procedentes de África Occidental, Marruecos y el Sáhara Occidental, vio cómo una millar de menores extranjeros no acompañados llegaban a sus costas en 2006. Se apresuró a establecer centros de emergencia en naves industriales y reabrió un centro de reforma cerrado previamente para albergar a varios centenares de niños. A continuación reclamó al Gobierno central que acogiera o redistribuyera a todos los menores menos 300, la capacidad máxima declarada por el Gobierno de las Islas Canarias. El Gobierno central organizó y costeó el traslado de algunos niños a otras regiones, pero las llegadas continuadas hicieron que se mantuvieran las cifras en Canarias y muy pocas otras regiones se ofrecieron para acoger a niños. Mientras Madrid retiraba gradualmente su asistencia, los centros de emergencia temporales y en condiciones por debajo de la norma se convirtieron en la residencia permanente de los niños. Incluso después de que Human Rights Watch presentara a Madrid sus observaciones de casos de maltrato y el riesgo continuado para los menores en estos centros, el Gobierno central sostuvo que no podía hacer nada ante la situación. El Gobierno canario ofreció una respuesta similar, señalando que estos centros se cerrarían en cuanto el Gobierno central aceptara hacerse cargo de los niños. La pelota siguió pasándose de uno a otro mientras los niños seguían desprotegidos.[7]

En peor situación que los adultos

Dado que los niños migrantes son menores de edad, muchos gobiernos los consideran incapaces de tomar decisiones importantes. Como consecuencia de esta incapacidad jurídica, se les asigna un tutor (persona o institución) que tiene el papel de decidir por ellos sobre todas las cuestiones. El objetivo de la tutela es salvaguardar los intereses de los niños, especialmente porque no suelen ser conscientes de sus derechos. Sin embargo, la realidad es que es demasiado frecuente que los tutores sean ineficaces, carezcan de la autoridad o la experiencia adecuadas, o lo que es peor, no cuestionen la actuación del Gobierno y, por lo tanto, no protejan el interés superior del niño. En estos casos, los niños no sólo tienen que soportar la dureza de las políticas migratorias, sino que, al carecer de capacidad de decisión, se encuentran en una situación aún peor que la de los adultos.

Por ejemplo, Francia dispone que cada niño migrante no acompañado que llegue al aeropuerto de Charles de Gaulle esté representado por un tutor. Sin embargo, el papel de estos tutores puede ser redundante. El hecho de que, por alguna razón, no haya un tutor disponible, o éste llegue “demasiado tarde” para encontrarse con el menor, no impide que las autoridades detengan y deporten al niño. En 2008, alrededor del 30 por ciento de los niños nunca se reunieron con el tutor asignado, con frecuencia porque los deportaron antes de que llegara su representante. Sin embargo, sin dicho tutor, los menores no pueden recurrir legalmente su detención o deportación, ya que los consideran “incapaces” de interponer causas legales o incluso de designar a un abogado. Por lo tanto, la ausencia de un tutor se convierte en un obstáculo que impide al niño escapar de este limbo legal.

Puede ocurrir que los niños no tengan autoridad para objetar en contra de los tutores que no actúan en su interés. Hasta 2008, España repatrió a menores no acompañados a Marruecos asumiendo que su retorno redundaba en el interés superior del menor. Las instituciones gubernamentales tenían la tutela de los menores, pero los funcionarios no consultaban a los niños e ignoraban las denuncias constantes de maltrato y detención de los menores a su regreso a Marruecos.[8] Por su parte, los niños no podían recurrir su repatriación. Para hacerlo habrían necesitado al mismo tutor que había iniciado la decisión de retornarlos y por lo tanto no iba a recurrirla. El Gobierno español se empeñó en que no se modificara este sistema, intentó impedir que estos niños tuvieran asistencia letrada y exigió la autoridad exclusiva del tutor en todas las decisiones sobre los menores. Los tribunales nacionales españoles pusieron fin por el momento a esta práctica vergonzosa al dictar docenas de sentencias anulando las órdenes de repatriación del Gobierno.[9]

En Grecia, los niños con los que habló Human Rights Watch en 2008 y 2009 no eran conscientes de que tenían un tutor-y los tutores no pudieron decirnos a cuántos menores representaban. En algunos casos, la policía ni siquiera se molestó en informar a los tutores de la existencia de los niños. En dichas situaciones, los niños menores de 14 años no pueden ejercer el derecho universal a solicitar asilo porque necesitan un tutor para ello. Por ejemplo, una niña somalí no acompañada de diez años de edad, con la que Human Rights Watch se entrevistó en junio de 2008, no pudo presentar una solicitud de asilo debido a la disfuncionalidad del sistema de tutela. Permaneció en situación irregular y la policía griega la detuvo en múltiples ocasiones.[10]

La “solución” de los retornos

Mientras los gobiernos europeos se esfuerzan por encontrar una respuesta a los niños no acompañados dentro de su territorio y la responsabilidad y los costos que conllevan, el instinto de algunos Estados miembros de la Unión Europea es buscar una solución barata y fácil: la repatriación de los menores. Aunque la repatriación es sólo una de las diversas soluciones duraderas posibles para los niños, con demasiada frecuencia, los gobiernos prefieren inmediatamente esta solución, sin considerar realmente si redunda en el interés superior del niño.

En los países de origen, donde los servicios sociales son prácticamente inexistentes y la localización de las familias y la reunificación familiar siguen siendo difíciles, a algunos países europeos de destino les atrae la idea de construir centros de acogida, a los que pueden enviar rápidamente a los menores extranjeros no acompañados. El derecho internacional no prohíbe el retorno del menor a una institución en el país de origen, pero sólo lo permite cuando redunda en el interés superior del niño. Sigue siendo cuestionable la medida en que la repatriación a una institución redunda en el interés superior del menor cuando, por ejemplo, está lejos de su familia o comunidad local, y cuando sirve para asegurar la expulsión rápida del niño en lugar de buscar una solución permanente.

Este tipo de inversión en las repatriaciones de niños puede constituir no solamente un desperdicio de dinero, ya que los repatriados vuelven a salir pronto de sus países, sino que también puede volver a exponer a los niños a un riesgo grave. La construcción de centros de acogida modélicos en países en los que los servicios de protección al menor son nulos o inadecuados también puede tener un efecto colateral imprevisto: crean desigualdades en los países de origen y pueden fomentar que los niños emigren para poder obtener los servicios de los que no disponen si se quedaran en sus lugares de origen. Hacen falta inversiones en servicios e instituciones al alcance de todos los niños en los países de origen, en lugar de soluciones aparentemente rápidas y fáciles centradas en las repatriaciones.

Finalmente, los gobiernos europeos no se libran simplemente de la su responsabilidad después de repatriar al menor. Son directamente responsables de que el niño sea maltratado, detenido, o desaparezca a su llegada porque ignoraron la información relevante antes de repatriarlo y no hicieron nada para mitigar dicho riesgo. La condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a Bélgica en 2006 por repatriar a una niña congolesa no acompañada de cinco años dejándola abandonada en el aeropuerto de Kinshasa constituyó una demostración muy necesaria de que dicha conducta tiene consecuencias. En una decisión en la que concluyó que Bélgica demostró “una falta total de humanidad”, el Tribunal sostiene que los gobiernos tienen la obligación de adoptar “medidas y precauciones” contra el tratamiento inhumano de un niño repatriado.[11]

Entrada en escena de la Unión Europea

Es positivo que la UE quiera abordar la situación de estos niños en el Programa de Estocolmo, su estrategia quinquenal sobre asilo y migración, empezando por un plan de acción en 2010. Existen, por una parte, las disposiciones legales que exigen a los gobiernos expulsar a una víctima de la trata de seres humanos, y, por otra parte, protegerla en virtud de otra serie de leyes. Entonces, es necesaria más coherencia política y la intervención de la UE. Además, la legislación de la UE no se ocupa de las necesidades de los menores que no presentan nunca una solicitud de asilo-posiblemente la mayoría-lo que incluye a los que no pueden presentar una demanda debido a los obstáculos prácticos o legales.[12]

No obstante, la UE debe proceder con cautela y asegurarse de que, antes de adoptar un plan de acción, dedique un tiempo a entender las complejidades de la migración infantil e informarse partiendo de las investigaciones imparciales existentes y, si fuera necesario, adicionales. Debe evitar volver a caer en los mitos y los falsos pretextos esgrimidos por algunos Estados miembros. Estos incluyen ideas como que detener a los niños los protege de los miembros de un grupo de trata de seres humanos o que la intercepción (y el retorno) de los migrantes antes de que alcancen el territorio europeo previene las muertes innecesarias de niños. La UE debe evitar también repetir generalizaciones tales como que un niño siempre está mejor con su familia, o que la mejora de los servicios y las leyes en Europa sólo servirá para que lleguen más niños.[13] Estos argumentos no son solamente peligrosos e infundados, sino que también provocan una carrera por rebajar los estándares y socavan el objetivo último de mejorar la protección. La UE debe abstenerse también de utilizar su influencia política y económica para ejercer una presión indebida sobre los países de origen para que acepten la repatriación de los niños.

En cambio, la UE debe asegurarse de que sus políticas y acciones estén verdaderamente fundadas en los derechos humanos y, por encima de todo, basar su trato a estos menores en su condición de niños y no de migrantes. Debe ayudar a los Estados miembros a adoptar procedimientos firmes y transparentes que garanticen a todos los niños un examen justo, exhaustivo y personalizado de su caso para alcanzar una solución duradera y beneficiosa. Se debe dar la misma consideración a todas las opciones para una solución duradera, incluyendo la posibilidad de que el niño se quede en el país de acogida o sea trasladado a otro país de la UE para que se reúna con familiares cercanos (tales como hermanos), además de la repatriación al país de origen. El principal factor para dichas decisiones debe ser el interés superior del niño, en el que intervienen una serie de elementos como su historia y sus opiniones personales.

La UE debe proponer normas para asegurar que los menores cuenten con mejores garantías, puedan defender sus derechos y recurrir las decisiones del Gobierno con ayuda de tutores y abogados cuando se enfrenten a la detención, la deportación o una el procedimiento para obtener asilo. Estas normas deben requerir que los tutores tengan experiencia con respecto a los derechos de los migrantes y los niños, continúen regularmente su formación, sean independientes del organismo que decide la deportación de los menores y estén sometidos a una evaluación independiente. No se debe conceder la tutela a personas para las que la representación del niño suponga un conflicto de intereses. Los tutores también deben tener la obligación y la autoridad de representar el interés superior del niño, y tener voz en todas las tomas de decisiones, incluyendo las relativas a la detención o la deportación del niño. Es más, los niños deben estar representados por abogados, además de sus tutores, en todas las decisiones administrativas y judiciales.[14]

Los métodos actuales para determinar la edad de un menor constituyen otra área en la que la orientación de la UE podría ser una contribución importante. Dado que algunos gobiernos usan predominantemente comprobaciones de la edad poco fiables basadas solamente en exámenes médicos, un menor no acompañado corre el riesgo de que lo consideren arbitrariamente un adulto. Algunas de las garantías mínimas para evitar dichas situaciones es que se reconozca que estos exámenes tienen un margen de error, que el niño y el tutor consientan el examen, y que el menor cuente con el beneficio de la duda y tenga acceso a un abogado y a un proceso legal para recurrir los resultados deficientes. La UE debe promover más que los Estados miembros adopten exámenes exhaustivos que tengan también en cuenta la madurez psicológica, las experiencias de vida, la capacidad de interactuar con adultos y el comportamiento del menor.

España, con una larga experiencia con niños migrantes no acompañados, se encuentra ciertamente en buena posición para liderar la adopción de un plan de acción durante su presidencia europea a principios de 2010.[15] Las prácticas españolas de no detener a los menores extranjeros no acompañados y regularizar su estancia mientras se encuentren en el territorio español son muy buenos ejemplos de buenas prácticas para otros Estados miembros de la UE. Pero España también tiene que examinar crítica y honestamente su historial y no repetir los errores del pasado. Esto incluye reconocer que la mejor manera de avanzar no son los acuerdos de readmisión que carecen de transparencia y garantías para los niños, y exigir a los países de origen que acepten el regreso de los menores en un plazo poco realista.[16] También debe reflexionar sobre las razones por las que los menores no acompañados en España casi nunca solicitan asilo-sin recurrir a la explicación inverosímil de que ninguno de ellos tiene el perfil para poder solicitarasilo. Y debe examinar con franqueza sus repatriaciones de niños marroquíes no acompañados a situaciones peligrosas, lo que provocó que muchos regresaran inmediatamente a España. Se trata de lecciones importantes que deben incorporarse a los debates sobre el plan de acción de la UE.

Por último, aunque no menos importante, la UE tiene que asegurarse de que sus políticas no frustren sino que hagan realidad el cumplimiento de las obligaciones de los gobiernos europeos en virtud del derecho internacional de derechos humanos y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Su estrategia propuesta sobre derechos del niño podría contribuir a este objetivo y debería integrar a los menores extranjeros no acompañados. No obstante, en última instancia, la UE debería considerar también llenar los vacíos existentes con la imposición de una serie de reglas vinculantes que armonicen la respuesta de los Estados miembros a las necesidades y vulnerabilidades compartidas por todos los niños migrantes no acompañados en Europa, ya sea que escapen de la persecución o el abuso, sean introducidos ilegalmente en Europa para ser explotados o hayan dejado sus hogares en busca de una vida mejor. Y la UE necesita insistir en que sus miembros tienen que cumplir las obligaciones pertinentes en virtud de los tratados de derechos humanos mientras estos niños se encuentren en territorio europeo, y protegerlos para que no vuelvan a situaciones de abuso, maltrato o abandono. Se debe exigir responsabilidades a los Estados miembros que exhiben una conducta por debajo de los estándares europeos.

Sin este tipo de medidas enérgicas, es probable que los menores extranjeros no acompañados continúen atrapados en su condición de migrantes y, por lo tanto, su protección y seguridad como niños sigan siendo aspiraciones difíciles de alcanzar. 

Simone Troller es investigadora de la División de Derechos del Niño de Human Rights Watch.

Rajoy pide que la ley sea más estricta con los sin papeles

Rajoy pide cambio de la Ley de Extranjería

CARMEN REMÍREZ DE GANUZA

Palma de Mallorca

Mariano Rajoy enarboló ayer una nueva bandera, en favor de una política de inmigración más restrictiva. El cerrojazo del padrón por parte del Ayuntamiento de Vic -que su partido ha rechazado- le ha servido para reclamar una revisión en profundidad de la Ley de Extranjería que, con su voto en contra, los propios socialistas y sus socios convergentes reformaron hace sólo un mes.

Los populares no creen que el padrón sea la vía para limitar el acceso de inmigrantes sin papeles a España -de hecho, invocan el cumplimiento de la ley en este aspecto-, pero sí están persuadidos de que urge cambiar el marco legal vigente -Reglamento Caldera incluido- que no ha hecho durante los últimos años sino abundar en el efecto llamada.

«Cuando las cosas se hacen mal, acaba notándose», afirmó ayer Rajoy en Palma de Mallorca, en su discurso de clausura de la XV Interparlamentaria del PP.

«¿Os acordáis de los papeles para todos, de las regularizaciones masivas y de una política suicida, de una modificación en la Ley que no sirvió para nada…?», preguntó a los diputados y senadores nacionales y autonómicos de su partido. «Hemos pasado ahora a que sus propios compañeros de partido y sus socios, que apoyaron su actuación y su legislación, estén haciendo todo lo contrario».

El líder de la oposición afirmó que las leyes «hay que cumplirlas», pero, a la vez, urgió al Gobierno a cambiarlas: «La ley hay que modificarla y espero que en este momento, vistos los efectos de la demagogia que llevan haciendo durante años, modifiquen la ley, se avengan a razones y cambien su política para no generar más problemas al conjunto de los ciudadanos».

Rajoy apenas enunció su propuesta, pero los suyos se aprestaron a acompañarle con declaraciones, y a sacar del cajón el grueso de las enmiendas -alrededor de 60- que fueron literalmente barridas en el reciente debate parlamentario.

Sobre la polémica del padrón, la presidenta del PP de Cataluña, Alicia Sánchez-Camacho, se pronunció a favor de la reforma legal y la «unificación de criterios, y afirmó por su cuenta: «Los padrones no pueden ser la puerta de entrada para la inmigración ilegal».

El portavoz de Inmigración en el Congreso, Rafael Hernando, convino con la dirigente popular en que el empadronamiento es uno de los documentos que se utilizan en la práctica, para la regularización de los sin papeles en España. Sin embargo, en declaraciones a este diario puntualizó que «el problema no es que se inscriban en el padrón, porque es mejor que los que viven en España estén registrados y con acceso a servicios básicos, sino todo un sistema legal que favorece la entrada ilegal de inmigrantes».

Para el PP, los datos cantan: 440.000 nuevas tarjetas de residencia entre octubre de 2008 y 2009, cuando la secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí, reconoció días atrás un total de 10.000 entradas entre enero y octubre de 2009. En realidad, la gente de Rajoy hace las mismas cuentas que en su día hicieron los socialistas: restar el número de extranjeros legalizados -ahora 4.700.000- de los 5.600.000 empadronados en enero de 2009: un balance de 900.000 sin papeles en el que coinciden con Comisiones Obreras.

El PSOE, ante un balance similar en 2004, optó por lo que los populares denominan la regularización masiva. La fórmula de la oposición, hoy, es bien distinta: expulsar a los sin papeles y bloquear el sistema de regularización automática a los tres años (dos, si se documenta algún trabajo) de estancia en el país, así como los incentivos al arraigo y al reagrupamiento familiar. A cambio, y a lo largo de una exhaustiva lista de medidas, los populares proponen visados temporales para los inmigrantes legales y una mayor movilidad geográfica y laboral.

«El grave problema es que somos el único país de la Unión Europea que mantiene una legislación que incentiva la inmigración irregular y que premia la estancia ilegal, en condiciones precarias y de economía sumergida».

A su juicio, «es mil veces más fácil entrar ilegalmente en España que hacerlo legalmente» y la situación se ha visto agravada con la última reforma de la Ley de Extranjería, que establece que «los derechos de los extranjeros ilegales son prácticamente los mismos que los de los legales, hasta el punto de sobrepasar lo estipulado por el Tribunal Constitucional y permitir el acceso a la función pública a los inmigrantes sin papeles y las ayudas de carácter general a la vivienda».

Los populares insisten en «lo dramático» de perseverar en «un sistema que se ha demostrado fracasado» y advierten de que el PSOE no se atreve a rectificar y sólo da pasos en la mala dirección. «Lo de Vic no es una ocurrencia de los ediles catalanes», decía ayer Hernando, «porque en el reciente anteproyecto de ley, antes de que las ONG protestaran, amagaron con condicionar el empadronamiento a la tarjeta de residencia».

Decálogo para la inmigración

>Crear un visado temporal de seis meses para la búsqueda de empleo.

>Establecer la vigencia de la tarjeta de residencia cuando se pierde el empleo, que fomente salir del país.

>Eliminar las restricciones a la movilidad laboral entre comunidades autónomas.

>Eliminar el reagrupamiento familiar en cadena.

>Suprimir algunas recientes competencias autonómicas para conceder tarjetas de residencia.

>Establecer un contrato de integración nacional (sólo se ha aprobado en Cataluña) que obligue en toda España.

>Suprimir la ampliación a 60 días del periodo de internamiento en los CIES para acelerar la expulsión.

>Acabar con los tratados bilaterales entre comunidades autónomas y países.

>Suprimir la competencia de las comunidades autónomas para ceder a las ONG la tutela de los menores.

>Expulsión inmediata de los extranjeros condenados a penas superiores a seis meses.

ELMUNDO.es Vídeo: Vea las declaraciones de Rajoy

Los abogados dicen que podría ser un delito no empadronar a los inmigrantes

Madrid, 14 ene (EFE).- El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha denunciado que negarse a empadronar inmigrantes en situación irregular, tal y como propone el Ayuntamiento de Vic, vulnera los derechos de las personas extranjeras y podría constituir una infracción penal.

Según la subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía España (CGAE), “la actuación municipal denegatoria de la inscripción padronal podría llegar a incurrir en infracción de algún precepto de la legislación penal”.

Los expertos afirman que el artículo 15 de la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) obliga a “toda persona que viva en España” a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente y que la misma norma añade que “quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año”.

Además, recuerdan que la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social recoge la obligación de los ayuntamientos de incorporar al padrón a los extranjeros que tengan su domicilio habitual en el municipio y a mantener actualizada la información relativa a los mismos.

Los abogados explican que la Ley de Bases de Régimen Local establece que “el Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio” y que sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.

Aclaran que en la última reforma de esta norma se anuló la diferenciación entre residentes, homogeneizó esta figura, calificando expresamente de “vecinos” a los extranjeros con domicilio habitual en un municipio.

Por consiguiente, los letrados señalan que ninguna norma exige al extranjero el probar que su residencia en España es regular y recuerdan que la competencia policial de extranjeros no corresponde a los ayuntamientos.

Acreditado por tanto el domicilio habitual en el municipio y con la presentación de la tarjeta de residencia o pasaporte en vigor, el Ayuntamiento vendrá obligado a inscribirle en el Padrón Municipal adquiriendo de esta forma la cualidad de vecino del municipio, explica el Consejo General de la Abogacía en un comunicado.

“Por ello, la actuación municipal denegatoria de la inscripción padronal, a sabiendas de la injusticia de su resolución, podría llegar a incurrir en infracción de algún precepto de la legislación penal”, concluye. EFE

Blasco critica la política de extranjería ‘pues lo que dice el Gobierno se contradice con lo que hace el PSOE de Vic

Publicado por

Terra Noticias  / Europa Press

Blasco se refirió en estos términos en un comunicado en referencia a la decisión del Ayuntamiento de Vic (Barcelona) –gobernado por CiU, ERC y PSC– de no empadronar a inmigrantes ‘sin papeles’.

En este sentido, el titular de Ciudadanía exigió al Gobierno central una ‘política seria’ en inmigración ‘que sirva también para que todos los ayuntamientos y las comunidades autónomas gestionen correctamente medidas encaminadas a favorecer la integración de las personas inmigrantes y extranjeras’.

‘No podemos convertir todos los ayuntamientos de España en un Ministerio o en unas Cortes Generales, que es donde se decide la política de extranjería’, remarcó el conseller, quien lamentó que el Gobierno ‘sigue sin adoptar medidas efectivas’.

En su opinión, la agenda del presidente del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, ‘debería solventar esta disparidad de criterios como lo que ocurre en Vic’, porque ‘la solución no puede partir de un ayuntamiento, ya que mañana puede haber un caso similar, y al día siguiente, otro’.

‘Si en España hubiera una verdadera política de inmigración, basada en un gran pacto de Estado entre los principales partidos políticos y las autonomías, con medios y recursos para cada administración adaptados al gran crecimiento poblacional que ha tenido nuestro país por la inmigración, esta situaciones no se darían y en estos momentos no habría duda alguna sobre la obligación de empadronar a cualquier persona que acredite su identidad y residencia en un determinado municipio’, explicó.

Blasco insistió en que la inmigración ‘requiere de políticas serias que no den lugar a interpretaciones y decisiones de los ayuntamientos que, en algunos casos, ante un fenómeno como es la inmigración que ha crecido tanto en pueblos y ciudades se ven obligados a adoptar medidas arbitrarias sobre una cuestión que exige de respuestas que están fijadas en las leyes’. TRANSFERENCIA DE RECURSOS

‘Los ayuntamientos, al igual que las comunidades, han sido castigados severamente por el Gobierno, quien no ha transferido los recursos necesarios para la atención de los inmigrantes cuyo número ha aumentado de forma considerable estos años’, señaló.

Asimismo, indicó que para el Consell el empadronamiento es ‘un acto muy importante’ porque del mismo ‘se derivan toda una serie de derechos y deberes para cualquier persona residente en la Comunitat, al margen de su procedencia’. ‘Cualquier negativa a empadronar una persona, con independencia de su situación legal, la condenaría a no poder acceder a la sanidad, educación y otros servicios sociales. Estamos hablando siempre de la dignidad de la persona’, subrayó.

‘La entrada y salida de personas de España es un asunto que compete al Gobierno, por ejemplo, la concesión del permiso de residencia, pero no a la Generalitat ni a los ayuntamientos, los cuales, entre sus competencias, sí que está el impulso de las políticas de integración dirigidas a todas aquellas personas que residen en la Comunitat, al margen de su situación administrativa’, declaró.

Con el fomento del empadronamiento, puntualizó Blasco, ‘se incentiva la integración de las personas inmigrantes y extranjeras mediante su participación en la vida política, social y cultural del pueblo valenciano, sea cual fuere su condición legal y administrativa’.

Colegio Abogados de Madrid dice que la extranjería representa tan sólo un 25 por ciento de la Justicia gratuita

El decano del colegio de Abogados de Madrid, Antonio Hernández-Gil, aseveró hoy que la extranjería representa aproximadamente un 25 por ciento de la Justicia gratuita, por lo que “ni siquiera desde un punto de vista económico está justificado dirigir esta mirada restrictiva hacia este colectivo, especialmente necesitado”, en relación al anuncio realizado por la presidenta regional, Esperanza Aguirre, de limitar el acceso a este tipo de justicia por el abuso de la Ley de Extranjería.

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

El decano del colegio de Abogados de Madrid, Antonio Hernández-Gil, aseveró hoy que la extranjería representa aproximadamente un 25 por ciento de la Justicia gratuita, por lo que “ni siquiera desde un punto de vista económico está justificado dirigir esta mirada restrictiva hacia este colectivo, especialmente necesitado”, en relación al anuncio realizado por la presidenta regional, Esperanza Aguirre, de limitar el acceso a este tipo de justicia por el abuso de la Ley de Extranjería.

“La extranjería representa aproximadamente un 25 por ciento de lo que es Justicia gratuita en general, y el Aeropuerto de Barajas representa un 25 por ciento, es decir, un dieciseisavo. Además, las cifras de expedientes y asistencias están bajando de manera drástica, por un lado porque desciende la emigración, y por otro porque este verano, el Colegio de Abogados estableció unos servicios de orientación legal en las terminales del aeropuerto donde se informó al ciudadano extranjero con precisión de sus derechos”, señaló el decano en rueda de prensa.

Además, insistió en que la asistencia letrada así como la asignación de abogado a los emigrantes que entran por el Aeropuerto madrileño “está expresamente reconocida en la Ley orgánica de Extranjería y la Ley de Asistencia Jurídica gratuita, independientemente de que la orden se haya ejecutado o no”. “Hay que considerar la situación en la que se encuentran los ciudadanos, y no hacerlo así es contrario a los principios constitucionales y al propio principio de igualdad”, matizó.

Asimismo, criticó que mientras desde la Comunidad de Madrid se habla de Justicia gratuita es “para quejarse de los abogados o sugerir recortes en los derechos de los ciudadanos, especialmente si son extranjeros”, el Colegio de Abogados de Madrid lleva realizando una serie de actividades “sin ninguna contraprestación y soportado por las cotas de los colegiados”.

Así, destacó que ofrece “sistemáticamente” su colaboración institucional “para mejorar el funcionamiento del sistema y, desde luego, contribuir a aislar y erradicar posibles situaciones de abuso”.

Además, recordó que en verano pusieron un servicio de asesoramiento jurídico gratuito en Barajas. “También hemos dispuesto un servicio de orientación jurídica en los Centros de Internamiento de Extranjeros para atender a los emigrantes allí internados, garantizar la comunicación con sus abogados y coordinar su asistencia jurídica con otros colegios de abogados”, añadió Antonio Hernández-Gil, que insistió en que todos estos servicios salen de sus bolsillos porque creen que es una “función social que le corresponde a la abogacía”, entidad que “merece respeto por parte de los poderes públicos”.

ANTEPOSICIÓN DE CRITERIOS ECONÓMICOS

Y es que para el Colegio de Abogados de Madrid, las declaraciones de la Comunidad de Madrid en materia de Justicia Gratuita “ponen de manifiesto la anteposición de criterios económicos a lo que debe ser la tutela del derecho de defensa y la tutela del acceso a la asistencia jurídica gratuita de los ciudadanos más necesitados”.

“Revelan esto y también la falta de aprecio a la labor de los abogados”, puntualizó el decano, quien recordó que inicialmente desde el Ejecutivo autonómico “se habló de restringir la justicia gratuita en la jurisdicción laboral”.

“Hoy la Ley Estatal de asistencia jurídica gratuita del año 96 concede justicia gratuita a todos los trabajadores y beneficiarios del sistema de la seguridad social, pero lo hace una ley estatal”, apuntó para añadir a renglón seguido que estas declaraciones fueron rectificadas por el consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Francisco Granados.

Por último, recordó que el Gobierno regional dijo, “pero no rectificó”, que “cada recurso de un abogado de oficio tenía que ir acompañado del correspondiente mandato de su cliente”. “Esta exigencia restrictiva, en nuestra opinión, no tiene encaje posible en nuestro ordenamiento”, concluyó.

Cinco mil inmigrantes perderán sus permisos de residencia al quedar en paro

El Obispado denuncia que los foráneos no comunitarios con permiso temporal no lo podrán renovar tras pasar seis meses sin cotizar.

En situación límite.

Los extranjeros no comunitarios residentes en la provincia de Alicante con permisos de residencia temporal y que hayan perdido su trabajo en los últimos dos años pueden encontrarse en una situación dramática. En concreto, un estudio elaborado por el Secretariado Diocesano de Migración de Orihuela-Alicante Asti Alicante apunta que cerca de 5.000 inmigrantes no comunitarios con este tipo de autorizaciones quedarán en situación irregular en los próximos meses tras perder su trabajo y no cotizar durante seis meses en la Seguridad Social tras perder su trabajo por la crisis económica.
Lastre para la economía
Para Asti-Alicante, “el agravamiento de la crisis entre la población extranjera no comunitaria y la existencia de una legislación poco flexible coloca a cientos de familias en la ilegalidad” y añaden que “las que vivirán con mayor intensidad esta situación sin duda serán familias enteras con hijos que incluso pueden haber nacido aquí”. Entre las consecuencias, Asti considera que generaría “un enorme lastre para la economía porque se volvería a engrosar una enorme bolsa de trabajadores cuya única salida es la economía sumergida y que son fácilmente víctimas de explotación laboral”. En la actualidad, la provincia tiene una población inmigrante no comunitaria en situación irregular de 40.608 personas, lo que supone que uno de cada cuatro de estos extranjeros residiría ilegalmente.
Para combatir esta situación, el Obispado propone la priorización de las políticas de empleo como técnica de integración, así como el desarrollo de los servicios de asesoría jurídica y la aplicación flexible de la normativa.
(extracto del artículo publicado en el Diario INFORMACIÓN)

Ecuatorianos denuncian que el Gobierno “dijo que de ninguna manera” se impediría el empadronamiento…

El portavoz de la asociación hispano ecuatoriana Rumiñahui, Raúl Jiménez, denunció este lunes que el Gobierno defendió durante el proceso de reforma de la Ley de Extranjería que “de ninguna manera” se impediría el empadronamiento de los inmigrantes que se encuentren en España en situación irregular y, pese a ello, el Ayuntamiento de la localidad barcelonesa de Vic ha impulsado una medida que impone como requisito tener una tarjeta de residencia para empadronarse.  

   En declaraciones a Europa Press, Jiménez atribuyó esta iniciativa municipal a que la reforma de Extranjería, en vigor desde el pasado 13 de diciembre y aún por desarrollar, reconoce “más competencias” a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos y dijo temer loa alcaldes “entiendan por ello que pueden poner limitaciones al empadronamiento cuando la ley no lo recoge”.

   “Esto se veía venir y ya lo advirtieron varias organizaciones y asociaciones durante la reforma de la ley, pero el Gobierno dijo que de ninguna manera se prohibiría el empadronamiento de las personas en situación irregular”, señaló el portavoz de Rumiñahui.

   La organización, que se encuentra en contacto con otras entidades para “estudiar posibles acciones contra esta iniciativa” del consistorio de Vic, reclama el restablecimiento del orden en el Padrón del municipio barcelonés, porque si una persona en situación irregular no puede registrarse “tampoco puede acceder a la sanidad ni a la educación públicas y eso es privarla de un derecho fundamental”.

   “Vemos que en el caso de Vic se está dando esta viulneración de derechos que no va a promover la integración de las personas inmigrantes y parece ser que no sólo este ayuntamiento sino algunos otros tomarán cartas en el asunto y se dedicarán a no empadronar a la gente”, lamentó Jiménez.

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación se reúne con su homólogo de Ucrania

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos, se reúne con el Ministro de Asuntos Exteriores de Ucrania, Petro Poroshenko.

Durante este encuentro, el Ministro Miguel Ángel Moratinos conversará con su homólogo ucraniano sobre los principales temas bilaterales, así como las cuestiones internacionales de mayor relevancia para ambos países. Asimismo está prevista la firma de un memorándum de entendimiento sobre cooperación marítima y un canje de notas sobre permisos de conducir.

Tras la reunión, los ministros ofrecerán, en el Palacio de Viana, una rueda de prensa conjunta.

De Brasil y Venezuela Los más rechazados en aeropuerto de Madrid

Los rechazados en la frontera

Los brasileños componen el colectivo con un mayor número de rechazos durante 2009 en el aeropuerto madrileño de Barajas seguidos de los venezolanos, cuyas expulsiones aumentaron el año pasado un 33,8 por ciento, según los datos provisionales a los que ha tenido acceso Efe.

En 2009 se contabilizaron 1.902 expedientes de rechazo de ciudadanos brasileños, un 24 por ciento menos que los 2.500 de 2008, mientras que se llevaron a cabo 1.338 expulsiones de venezolanos, frente al millar de 2008.

El incremento de rechazos de venezolanos causó en octubre pasado la visita a las instalaciones del aeropuerto del embajador de Venezuela en España, Isaías Rodríguez, para pedir a las autoridades españolas que flexibilizaran “los rigurosos controles” a sus nacionales.

También experimentaron un aumento los expedientes de rechazo a los ciudadanos argentinos, ya que en 2009 se abrieron 1.254, un 56 por ciento más que en 2008, y descendieron un 29,5 por ciento los de paraguayos, al pasar de los 1.500 en 2008 a 1.050 en 2009.

En total, la Policía española tramitó unos 9.215 expedientes de rechazo en la frontera del aeropuerto madrileño de Barajas durante 2009, lo que supone un descenso de un 23 por ciento con respecto a 2008, cuando se impidió la entrada en España a 12.000 personas.

El responsable del Aula de Migraciones del Colegio de Abogados de Madrid, Marcelo Belgrano, explicó a Efe que esas cifras globales indican que España “ya no es un lugar de trabajo. La crisis se ha hecho notar en los colectivos que venían a trabajar y ahora los pasajeros vienen de turismo. Ya no hay esas migraciones laborales”.

Sobre la nacionalidad de los rechazados, Belgrano destacó que “proporcionalmente se practican más inadmisiones de paraguayos, brasileños y venezolanos, respecto al número total de nacionales de esos países que llegan a Madrid, que de argentinos”.

Según fuentes aeroportuarias, en diciembre pasado llegaron a Barajas unos 9.250 argentinos, 8.200 venezolanos, 6.600 brasileños y 900 paraguayos.

Fuentes de la embajada venezolana explicaron a Efe que el endurecimiento de las medidas de control de los extranjeros comenzó en mayo de 2007, fecha en que se modificaron los requisitos para la expedición de la carta de invitación y los medios económicos que hay que acreditar para entrar en España.

En la actualidad, la carta de invitación se tramita en la comisaria del lugar de residencia de la persona que invita y su gestión puede durar un mes.

Para entrar en España, el viajero deberá disponer de 62,40 euros (unos 90 dólares) por cada día de estancia prevista, aunque en ningún caso la cantidad podrá ser inferior a 561 euros (unos 808 dólares), lo que supone un 90 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente en España.

Cuando a los viajeros se les impide el acceso al territorio español en el aeropuerto de Barajas, son conducidos a las denominadas salas 3 y 4, situadas en las terminales 1 y 4, donde permanecen hasta que son enviados al mismo lugar desde el que llegaron a Madrid y con la misma compañía que les transportó.

Brasileños y venezolanos, los más rechazados en aeropuerto de Madrid en 2009

 
 Brasileños y venezolanos, los más rechazados en aeropuerto de Madrid en 2009 Brasileños y venezolanos, los más rechazados en aeropuerto de Madrid en 2009

En 2009 se contabilizaron 1.902 expedientes de rechazo de ciudadanos brasileños, un 24 por ciento menos que los 2.500 de 2008, mientras que se llevaron a cabo 1.338 expulsiones de venezolanos, frente al millar de 2008.

El incremento de rechazos de venezolanos causó en octubre pasado la visita a las instalaciones del aeropuerto del embajador de Venezuela en España, Isaías Rodríguez, para pedir a las autoridades españolas que flexibilizaran “los rigurosos controles” a sus nacionales.

También experimentaron un aumento los expedientes de rechazo a los ciudadanos argentinos, ya que en 2009 se abrieron 1.254, un 56 por ciento más que en 2008, y descendieron un 29,5 por ciento los de paraguayos, al pasar de los 1.500 en 2008 a 1.050 en 2009.

En total, la Policía española tramitó unos 9.215 expedientes de rechazo en la frontera del aeropuerto madrileño de Barajas durante 2009, lo que supone un descenso de un 23 por ciento con respecto a 2008, cuando se impidió la entrada en España a 12.000 personas.

El responsable del Aula de Migraciones del Colegio de Abogados de Madrid, Marcelo Belgrano, explicó a Efe que esas cifras globales indican que España “ya no es un lugar de trabajo. La crisis se ha hecho notar en los colectivos que venían a trabajar y ahora los pasajeros vienen de turismo. Ya no hay esas migraciones laborales”.

Sobre la nacionalidad de los rechazados, Belgrano destacó que “proporcionalmente se practican más inadmisiones de paraguayos, brasileños y venezolanos, respecto al número total de nacionales de esos países que llegan a Madrid, que de argentinos”.

Según fuentes aeroportuarias, en diciembre pasado llegaron a Barajas unos 9.250 argentinos, 8.200 venezolanos, 6.600 brasileños y 900 paraguayos.

Fuentes de la embajada venezolana explicaron a Efe que el endurecimiento de las medidas de control de los extranjeros comenzó en mayo de 2007, fecha en que se modificaron los requisitos para la expedición de la carta de invitación y los medios económicos que hay que acreditar para entrar en España.

En la actualidad, la carta de invitación se tramita en la comisaria del lugar de residencia de la persona que invita y su gestión puede durar un mes.

Para entrar en España, el viajero deberá disponer de 62,40 euros (unos 90 dólares) por cada día de estancia prevista, aunque en ningún caso la cantidad podrá ser inferior a 561 euros (unos 808 dólares), lo que supone un 90 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente en España.

Cuando a los viajeros se les impide el acceso al territorio español en el aeropuerto de Barajas, son conducidos a las denominadas salas 3 y 4, situadas en las terminales 1 y 4, donde permanecen hasta que son enviados al mismo lugar desde el que llegaron a Madrid y con la misma compañía que les transportó.

EFE